Generalidades
Definición de los servicios
Se entiende por Coordinación en materia de Seguridad y Salud durante la elaboración del proyecto al conjunto de medidas y acciones que, recogidas en el RD 1627/97 y en sus posteriores modificaciones, sean necesarias para que el Coordinador designado por el promotor durante la elaboración del proyecto elabore o mande elaborar bajo su supervisión el Estudio de Seguridad y Salud.
Se entiende por Coordinación en materia de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra al conjunto de medidas y acciones que, recogidas en el RD 1627/97 y en sus posteriores modificaciones, sean necesarias para que el Coordinador designado por el promotor durante la ejecución de la obra integrado en la dirección facultativa realice sus funciones. (Ver Anejo)
A tales efectos, conocido el proyecto y el Estudio de Seguridad y Salud, el Coordinador aprobará o informará en su caso el Plan de Seguridad y Salud antes del comienzo de la obra y sus posteriores anejos o modificaciones durante el transcurso de la misma y hasta su terminación.
Todas las labores realizadas deberán justificarse documentalmente quedando constancia del proceso de coordinación cuyas fases más relevantes se exponen a continuación:
a) Coordinación de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto
- Designación
- Reunión con los proyectistas
- Estudio del proyecto y de los trabajos o variantes a contemplar.
- Elaboración o supervisión de la elaboración del Estudio o Estudio Básico de S y S.
- Revisión del Estudio de S y S para su incorporación al proyecto.
b) Coordinación de seguridad y salud durante la ejecución de la obra
- Designación
- Tramitación del Libro de Incidencias
- Estudio del proyecto y revisión del Plan de seguridad y salud
- Aprobar o Informar el Plan de seguridad y salud
- Realización de la Coordinación según lo establecido en el RD 1627/97 con las reuniones y visitas que sean necesarias.
- Elaboración de informes.
- Investigación de incidentes y accidentes para informar el Promotor.
- Certificado final de la Coordinación.
- Custodia de la documentación durante 5 años o entrega de la misma al Promotor.
Al igual que sucede en otras actividades especializadas, en la coordinación en materia de seguridad y salud, existe una gran variedad de herramientas, protocolos y documentos que pueden utilizarse, dependiendo del promotor y tipo de obra a coordinar.
Las funciones del coordinador de seguridad y salud serán las establecidas por el marco normativo vigente, en especial las descritas en el artículo 9 del Real Decreto 1627/1997.
Publicación del protocolo de acreditación
El presente protocolo para la acreditación de empresas en esta actividad, así como sus posteriores modificaciones, será publicado en el sitio web: www.ecsys.es/acreditacion
Este protocolo es remitido a las siguientes entidades:
- Comisión Nacional de la Competencia
- Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo
- Ministerio de Empleo y Seguridad Social
- Ministerio de Industria, Energía y Turismo
- Confederación Nacional de la Construcción